La carne asada donde empezó todo
Ricardo tiene una distribuidora de refacciones en León, Guanajuato. Le va bien, tiene doce empleados y una idea que no lo deja dormir: abrir algo en Texas.
La idea se la sembró su cuñado en una carne asada, entre la segunda y la tercera cerveza: “Vénganse, compadre. Pones un negocio allá, te dan la visa de inversionista y listo. A mi vecino se la dieron en dos semanas”.
Lo que el cuñado no contó, porque lo supo hasta después, es que a otro conocido de la familia le negaron la misma visa. Tenía el dinero, tenía el negocio y tenía las ganas. Le faltó una sola cosa, y más adelante te contamos cuál fue.
Ricardo es un caso ilustrativo, armado con situaciones que vemos seguido. Si se parece a tu compadre, es pura coincidencia. Pero su historia sirve para explicar, sin rodeos, qué es la visa E-2 y qué necesita un mexicano para obtenerla.
Qué es la visa E-2
La visa E-2 es la visa de inversionista por tratado. Permite que un ciudadano de un país con tratado comercial con Estados Unidos viva allá para desarrollar y dirigir un negocio en el que invirtió su propio dinero. México está en esa lista, así que un mexicano sí puede pedirla.
Piénsalo así: la visa de turista te deja entrar a ver la tienda; la E-2 te deja entrar a manejarla porque es tuya. No es un permiso para trabajar de empleado en cualquier lugar. Es la visa del dueño que se arremanga y dirige.
Dos cosas conviene tener claras desde el principio:
- Es temporal. Es una visa de no inmigrante. Se puede renovar muchas veces mientras el negocio siga cumpliendo, pero por sí sola no da la residencia permanente.
- La decide un oficial consular. Si la pides desde México, quien la evalúa es el consulado, con base en tus documentos y en tu entrevista. Por eso el expediente tiene que hablar por ti.
Requisitos de la visa E-2
El Departamento de Estado los resume en pocas líneas. Aquí van traducidos al español de la carne asada:
- Ser mexicano, y que el negocio también lo sea. Al menos el 50% de la empresa en Estados Unidos debe pertenecer a personas con nacionalidad mexicana.
- Haber invertido de verdad. El dinero tiene que estar comprometido y en riesgo: renta firmada, equipo comprado, inventario pagado. Dinero que solo está en una cuenta, sin comprometer, normalmente no cuenta como inversión.
- Que la inversión sea sustancial. Suficiente para que el negocio arranque y funcione. En la siguiente sección vemos cuánto es eso.
- Un negocio real y en operación. Comprar una casa para rentarla o un terreno para esperar a que suba de valor no califica. Tiene que ser una empresa que venda productos o servicios.
- Que no sea marginal. El negocio debe generar más que el sustento de tu familia o tener un impacto económico importante, por ejemplo con empleos. El manual consular permite mirar la capacidad futura, que en general debe alcanzarse en cinco años. Ahí es donde el plan de negocios pesa.
- Venir a desarrollar y dirigir. Tienes que tener el control del negocio, por propiedad o por control operativo, y venir a manejarlo.
- Que el dinero sea tuyo, de origen lícito, y lo puedas demostrar. El consulado quiere ver el camino completo del dinero, de dónde salió y cómo llegó al negocio.
- Intención de regresar. Al ser una visa temporal, debes tener la intención de salir de Estados Unidos cuando termine tu estatus.
El punto 7 casi nunca aparece destacado en los folletos, pero en la práctica es donde se atoran muchos expedientes de mexicanos. Guárdalo en la memoria; vuelve al final de la historia.
¿Cuánto hay que invertir?
La respuesta corta decepciona a muchos: la ley no fija un monto mínimo. Los famosos “100 mil dólares” que se repiten en las sobremesas no están escritos en ninguna regla.
Lo que el consulado aplica es una prueba de proporción. Compara lo que invertiste contra lo que cuesta poner o comprar ese negocio. Entre más barato el negocio, más alto tiene que ser el porcentaje que pusiste tú.
Dos ejemplos para verlo claro:
- Un negocio de servicios que cuesta 150 mil dólares arrancar, donde tú pusiste 140 mil, se ve sólido.
- Un hotel de 2 millones donde pusiste 300 mil y el resto es un préstamo garantizado por el mismo hotel se ve mucho más débil.
Además del monto, cuenta que el dinero alcance para operar. Una inversión que apenas paga el depósito del local y deja al negocio sin capital para los primeros meses no convence a nadie, empezando por ti.
Este tema da para un artículo completo, y lo tenemos: ¿Cuánto hay que invertir para la visa E-2?
Cómo se tramita desde México
El camino típico de un mexicano que vive en México tiene cinco pasos:
- Estructurar la empresa en Estados Unidos y hacer la inversión: constituir la sociedad, abrir la cuenta, firmar la renta, comprar lo necesario.
- Armar el expediente. Aquí van el plan de negocios, la documentación del origen y el camino de tus fondos, y la prueba de que la inversión ya está hecha. Tu abogado de inmigración define la estrategia y presenta el caso.
- Llenar el formulario DS-160 en línea. Si en vez del inversionista principal viaja un directivo o empleado clave, se suma el formulario DS-156E.
- Pagar la cuota de solicitud, que hoy es de 315 dólares y no es reembolsable.
- Ir a la entrevista en el consulado que corresponde a tu lugar de residencia, con todos tus documentos.
Cuánto dura la visa
Aquí hay dos plazos que la gente suele confundir:
| Concepto | Qué significa | Para un mexicano |
|---|---|---|
| Vigencia de la visa | El tiempo en que puedes usarla para entrar | 12 meses con entradas múltiples sin cuota adicional, o 48 meses con una cuota de emisión de 186 dólares, según la tabla de reciprocidad vigente |
| Estancia autorizada | Cuánto tiempo puedes quedarte cada vez que entras | Hasta 2 años por entrada, con extensiones de hasta 2 años cada una, sin límite mientras sigas cumpliendo |
Un dato nuevo: en 2025 el Congreso de Estados Unidos creó una cuota de integridad de visa de 250 dólares. Algunos consulados ya la cobran al emitir la visa y, en teoría, se puede reembolsar si cumples las reglas de tu estancia. Antes de tu cita, confirma con tu abogado si ya aplica en tu caso.
¿Y la familia?
Tu esposa o esposo y tus hijos solteros menores de 21 años pueden acompañarte con visa E-2 como dependientes.
- El cónyuge puede trabajar. Desde 2021, USCIS considera que el cónyuge de un inversionista E-2 tiene permiso de trabajo por su propio estatus. Su registro de entrada, el I-94, aparece con la clave E-2S y eso le sirve como prueba.
- Los hijos pueden estudiar, pero no trabajar con esa visa.
¿La visa E-2 da la green card?
No de forma directa, y es de las confusiones más comunes. La E-2 es temporal: puedes renovarla muchas veces, pero renovarla no te convierte en residente. Si tu meta es la residencia permanente, existen otros caminos, y tu abogado de inmigración es quien te dice cuál aplica en tu caso.
Los errores que más vemos
- Dejar el dinero quieto en la cuenta y esperar a la visa para invertir. Para el consulado, eso todavía no es inversión.
- No poder explicar de dónde salió el dinero. Efectivo guardado, tandas, préstamos de palabra entre familiares, ventas sin escritura.
- Un negocio que solo da para comer. Si el plan no muestra crecimiento ni un aporte real a la economía, el negocio puede verse marginal.
- Un plan de negocios de machote, con números redondos que no se sostienen frente a una pregunta del oficial.
- Comprar una casa para rentarla creyendo que eso es una inversión E-2.
¿Qué le faltó al conocido de la familia?
Papeles. Así de simple y así de caro.
El dinero venía de la venta de un rancho, pagada en efectivo y en partes, sin escritura actualizada y con depósitos chiquitos repartidos en varios meses. Para él era clarísimo que el dinero era suyo. Para el oficial consular, era un rompecabezas sin la mitad de las piezas.
Ricardo aprendió en cabeza ajena. Antes de hablar de locales en Texas, armó el camino de su dinero:
- La escritura de venta del terreno que vendió.
- El estado de cuenta donde se ve el depósito.
- Su declaración ante el SAT de ese año.
- El comprobante de la transferencia a la cuenta de su empresa en Estados Unidos.
- Las facturas y el contrato de renta que muestran en qué se gastó.
Después eligió un negocio que conocía de memoria, una distribuidora de refacciones en San Antonio, con un plan de contratación y números sacados del mercado real. El plan primero lo convenció a él. Después, al cónsul.
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Aviso legal: este artículo es informativo y no constituye asesoría legal sobre derecho migratorio de Estados Unidos. ForgePlan LLC no es un despacho de abogados de inmigración de Estados Unidos. La estrategia migratoria y la presentación de cada caso corresponden al abogado licenciado del cliente. Nuestros abogados ejercen el derecho mexicano. Las reglas y cuotas pueden cambiar; verifica siempre con fuentes oficiales.
Fuentes
- Treaty Trader and Treaty Investor Visas, Departamento de Estado de EE.UU.
- Tabla de reciprocidad de visas para México, Departamento de Estado de EE.UU.
- Permiso de trabajo de cónyuges E y L, USCIS Policy Manual
- Visa Integrity Fee, Boston University ISSO, mayo de 2026
- El requisito de negocio no marginal, RJ Immigration Law, con cita del 9 FAM 402.9
- Duración de la estancia E-2, Hacking Law Practice